Artículo 4. Composición del Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Cartageno,
De conformidad con lo establecido en el artículo 34.2 del TRLPEMM, el Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Cartagena, estará integrado por los siguientes miembros:
A) El Presidente, que lo será el Director de la Autoridad Portuaria de Cartagena (o quien le supla)
B) Miembros natos:
El Capitán Marítimo de Cartagena.
El Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales.
Un Representante de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia .
El Comandante Naval de Cartagena.
Un representante del Ayuntamiento de Cartagena.
C) Vocales:
1 representante de la Asociación Nacional de Remolcadores de España (ANARE).
1 representante de la Asociación Española de Empresas de Amarre (AEEA)
1 representante del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto (CONPP).
1 representante de la Asociación Nacional de Agentes Marpol (ANAM)
1 representante de la Asociación de Prestadores de Servicio al Pasaje (APSP).
1 representante de Asociación de Empresas Estibadoras (ANESCO) .
1 representante de Asociación Estatal de Empresas Operadoras Portuarias (ASOPORT)
1 representante de la Asociación de Navieros Españoles (ANAVE),
1 representante de la Asociación Española de Consignatarios de buques (ASECOB).
1 representante de las Organizaciones empresariales relevantes en el ámbito portuario (ASEAM)
1 representante de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Cartagena (COClN).
1 representante de Navantia, SA, S.M.E.
1 representante de las Organizaciones empresariales relevantes en el Valle de Escombreras (AEVE).
1 representante de la Confederación General del Trabajo (CGT)
1 representante de Comisiones Obreras (CCOO).
1 representante de la Unión General de Trabajadores (UGT)
D) Secretario, que será un empleado de la Autoridad Portuaria de Cartagena, designado por el Presidente del Consejo de Navegación.
E) Además podrán estar representadas en la Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Cartagena aquellas personas físicas o jurídicas que lo soliciten en las que, además, se aprecie un interés directo y relevante en el buen funcionamiento del puerto, del comercio marítimo o que puedan contribuir al mismo de forma eficaz.
Fecha de última actualización de esta sección:
02-10-2024 12:28:05
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